Vicarios judiciales de la provincia eclesiástica se dan cita en Burgos

El decano de la Facultad de Derecho Canónico y vicerrector de la Universidad de San Dámaso, Roberto Serres, ha impartido una conferencia que ha servido a los vicarios judiciales de la provincia eclesiástica conocer las reformas introducidas por el papa Francisco en los procesos de nulidad matrimonial.

 

roberto serres

Serres, en el centro, entre el vicario judicial y el arzobispo de Burgos.

 

Los vicarios judiciales de las diócesis que forman la provincia eclesiástica de Burgos –Bilbao, Vitoria, Osma-Soria, Palencia y Burgos– han mantenido esta mañana en la ciudad su tradicional reunión trimestral en la que han profundizado sobre las reformas introducidas por el papa Francisco en los procesos de nulidad matrimonial. Para ello, han contado con la exposición del decano de la Facultad de Derecho Canónico y vicerrector de la Universidad de San Dámaso, Roberto Serres, quien ha detallado las novedades en el proceso, según el motu proprio «Mitis et Misericors Iesus».

 

En sus palabras de bienvenida, el arzobispo, Fidel Herráez Vegas, ha asegurado que estaba «contento» de tener este primer encuentro con miembros de la provincia eclesiástica de Burgos para abordar un tema –el de las nulidades matrimoniales– del que «dependerá el futuro inmediato y tenemos que ir haciendo ya presente». En este sentido, los vicarios judiciales de la provincia eclesiástica han escuchado con atención las palabras de Serres, quien ha asegurado que las reformas introducidas por el papa tienen como objetivo «cambiar la percepción de los fieles sobre los tribunales eclesiásticos, pues los ven como algo complejo, que lago y costoso».

Novedades en el proceso

Bajo estos presupuestos, Serres ha detallado cómo la reforma introducida por el papa Francisco intenta dar respuesta a estos tres grandes prejuicios sobre los procesos de nulidad. Así, sobre la «complejidad de los procesos», la nueva normativa establece que los tribunales salven las distancias tanto físicas como morales con respecto a los demandantes, estableciendo que puedan estar formados, incluso, por un solo juez –siempre clérigo– en vez de los tres anteriores.

 

Para favorecer la agilidad del proceso, el mutu proprio del papa establece que ya no es necesaria una doble sentencia conforme de un tribunal eclesiástico de segunda instancia para asegurar la nulidad; ahora basta simplemente con una. Una única sentencia que, para garantizar su verdad y objetividad, contará con un papel más decisivo por parte del defensor del vínculo. Asimismo, las reformas prevén también que pueda ser el obispo quien juzgue directamente la causa de nulidad, siempre que exista consentimiento explícito por ambas partes y las razones que esgriman para defender la nulidad coincidan.

 

En última instancia, la reforma del proceso también busca favorecer la gratuidad ya que se trata de una cuestión pastoral y por el bien de las almas.

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